¿Qué interés tiene la Consejera en demorar la convocatoria de las elecciones?
La Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura establece en su artículo 299.2 que la Comunidad Autónoma de Extremadura convocará cada cinco años un nuevo procedimiento electoral para determinar la representatividad de las organizaciones agrarias. Teniendo en cuenta el calendario que establece dicha Ley para la convocatoria, 57 días desde la publicación del Decreto y dos meses antes de esta publicación se debería haber publicado en el DOE el Censo provisional de votantes.
Para cumplir el plazo de convocatoria cada 5 años, o sea antes del 12 de marzo de 2022, se debería haber publicado el censo provisional de votantes el día 14 de noviembre en el DOE.
La Consejera de Agricultura anunció la semana pasada que las elecciones se celebrarían en el año 2022, pero si las elecciones se celebraron a primeros del año 2017, el que las mismas se celebren a finales del 2022, no son los 5 años que establece la Ley. Todo parece indicar que la Consejera de Agricultura está muy a gusto con la actual composición del Consejo Asesor y no parece dispuesta a cumplir los plazos legales para su renovación.
La Unión Extremadura remitió ayer, día 14 de noviembre una solicitud a la Secretaria General de la Consejería de Agricultura, que según la Ley anteriormente citada es la responsable de la publicación en el DOE del censo provisional, para que de manera inmediata se inicie el procedimiento para la celebración de las elecciones al campo en Extremadura en el plazo que estipula la Ley de manera que en los próximos días se publique en el Doe el censo provisional de votantes a dichas elecciones.
No vamos a permitir que suceda lo que ya ocurrió con el anterior periodo de elecciones, que la Junta las suspendió por un periodo de 15 años.