Tras 24 horas de protestas en dos explotaciones frutícolas, las asociaciones agrarias Asaja, Upa-Uce y Afruex por un lado y CCOO. y Ugt por otro han acordado un convenio del campo para Extremadura muy alejado de las posibilidades económicas de los empresarios agrios extremeños.
El debate no solo está en que si un trabajador agrícola debe cobrar un salario u otro, también hay que tener en cuenta si los cultivos y ganaderías pueden hacer frente a estos salarios.
Por la información publicada, entre salario base más plus adicional, la hora de trabajo se tendrá que abonar a 8,12 €/hora y el salario diario, por una jornada de 6,5 horas menos los 15 minutos del bocadillo, quedaría en 52,78 €/día.
La hora extraordinaria se tendría que abonar a 16,24 €/hora.
A este salario base habría que añadir los incrementos (en el caso de que se dieran) por nocturnidad, transporte y antigüedad.
Hay que tener en cuenta que estos son los importes mínimos, por encima de los cuales tendrá que negociar el empresario agrícola con los trabajadores, que en el caso de las recolecciones debido a la escasez de mano de obra van a ser más altos.
En cambio en el convenio no se establece ninguna norma para facilitar la disponibilidad de mano de obra, normas que pongan trabas a la hora de cobrar los subsidios de desempleo en tanto hay ofertas de trabajo, como está sucediendo en la actualidad.
Con los costes de producción de esta campaña, añadiendo los incrementos pactados y la escasez de mano de obra, muchas producciones agrarias no van a ser rentables, por lo que tememos que se van a seguir arrancando plantaciones de frutales y sustituyéndolas por otros cultivos mecanizados y que no necesiten de mano de obra en el futuro.
La Unión hace un llamamiento a los empresarios de Asaja para que no permitan que sus dirigentes firmen un acuerdo que tanto daño va a hacer a la rentabilidad de las explotaciones agrarias.
Apuntes del acuerdo del Convenio del Campo acordado entre Asaja, Upa Afruex, CCOO y UGT.
- Salario base, 1.000 € al mes por 14 pagas al año, y un máximo de horas al año de 1.768.
- 000 € dividido entre 1.768 horas = 7,92 €/hora de trabajo.
- Plus por convenio: 30 € al mes o sea de 0,20 €/hora.
- 7,92 € + 0,20 € = 8,12 €/hora de trabajo.
- 8,12 €/hora *6,5 horas diarias = 52,78 € al día.
- La hora extra quedaría en las 16,24 € por hora.
- A este salario base hay que añadir un plus por antigüedad, por nocturnidad y transporte.
- Se mantiene los 15 minutos para el bocadillo.
- Hay que recordar que estos salarios son los mínimos que hay que pagar, ya que el convenio establece las condiciones mínimas.
- Estas normas se van a aplicar desde el 1 de enero de 2022.
- Salario mínimo mensual de un trabajador no cualificado: 52,78 €/día * 6 días/semana * 4,29 semanas al mes = 1.358 €/mes.
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